La renovación del carnet de conducir es un trámite indispensable para circular por las carreteras de nuestro país y que debemos realizar teniendo en cuenta los periodos de vigencia, que varían según el tipo de permiso, recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT). Además, el usuario deberá superar un reconocimiento médico y abonar una tasa por la nueva expedición.
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Tráfico recuerda que los plazos de renovación para el carnet de conducir varían dependiendo del tipo de permiso. Para la clase B, la más común porque habilita para la conducción de turismos, este tiene un período de vigencia de diez años hasta los 65 años. A partir de los 65 años, la vigencia se rebaja a los cinco.
En el caso de los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E, estos tienen un periodo de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los 65 años de edad. A partir de esa edad, el tiempo de vigencia se vuelve a reducir: cada tres años.
Pasos para renovar el carnet de conducir
La DGT recomienda renovar el permiso o licencia de conducir antes de que caduque. Si el usuario no se adelanta a esa fecha, su permiso no será válido hasta que no lo renueve. Por eso, es fundamental tener en cuenta el tipo de permiso con el que circulamos, la edad que vayamos a cumplir y la fecha de caducidad que aparece.
Tráfico recuerda que la solicitud se puede presentar desde tres meses antes a la fecha de la pérdida de vigencia, siempre que la vigencia no esté suspendida por la pérdida de todos los puntos.
Para ello, es necesario superar un reconocimiento médico. Se puede realizar en el Centro de Reconocimiento Médico donde se vaya a realizar el informe de aptitud psicofísica necesario para la renovación. También se puede aportar un informe de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. El informe de aptitud caduca a los 90 días hábiles de su expedición.
¿Cuánto cuesta renovar el carnet de conducir?
Según explica la DGT, por lo general, la renovación del permiso o licencia requiere el abono de la tasa 4.3, de 24,58 euros. En el caso de los mayores de 70 años, el trámite es gratuito. Si por razones médicas la prórroga es por un plazo inferior al establecido, las tasas serán aún menores.
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Hay varias formas de abonar la tasa y dependerá de la forma de solicitud. Por ejemplo, si la solicitud del trámite se realiza por internet a través del Registro, se pagará a través de cualquiera de los canales disponibles en línea. En caso de realizar el trámite presencialmente, se abonará en las oficinas de la DGT en el momento de realizarlo, usando cualquier tarjeta de débito o crédito.