El Tribunal Supremo lo ha confirmado: si estás a cargo de tu sobrina, eres responsable de los posibles daños que cause. Así de claro le ha quedado a un hombre que se encontraba paseando por el parque de El Retiro, en Madrid, cuando decidió alquilar con su sobrina de ocho años dos karts, con el que la menor atropelló a una mujer.
Los hechos ocurrieron el 12 de agosto de 2014 y ahora la Sala de lo Civil del Supremo ha desestimado el recurso de casación de Luis Pablo, quien trató así de eludir la condena, que le obliga a pagar hasta 13.593 euros por responsabilidad civil al permitir que la menor condujera sin la supervisión adecuada, según ha informado Confilegal.
“La sentencia número 1183/2025, de 21 de julio, establece que la responsabilidad por hechos de menores no recae exclusivamente en los padres cuando otra persona actúa como ‘guardador de hecho'”, aclara el medio especializado.
El hombre decidió alquilar dos karts, uno para él y otro para la menor, alquilados a una empresa del parque madrileño. Estos vehículos de carreras de cuatro ruedas no disponen de carrocería ni suspensión y circulan por el Paseo de Coches —un espacio compartido por peatones, bicicletas y patinetes—, donde la pequeña acabó atropellando por la espalda a una mujer.
Esta cayó al suelo y sufrió una fractura trimaleolar del tobillo derecho, por lo que trasladada de urgencia al Hospital de La Princesa, donde fue intervenida quirúrgicamente. La mujer estuvo 13 días hospitalizada y tardó 146 días en recuperarse. En ese tiempo no estuvo en condiciones óptimas para realizar su vida durante 84 de ellos y tuvo que comprar una silla de ruedas y una muleta.
Debido a esto demandó tanto a la empresa de alquiler como al tío de la menor, reclamando 65.000 euros por daños y perjuicios por la lesiones y secuelas. Pero la Audiencia Provincial estableció la indemnización en 13.593,84 euros, correspondiendo 8.709 euros a reparar los daños, otra partida de 4.320 euros en concepto de secuelas y una tercera cantidad de 64,84 euros por gastos.